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El Gobierno de Aragón da luz verde al proyecto de ley del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón

La normativa reforzará la coordinación e integrará los sectores públicos y privados ante situaciones de peligro

Sustituirá a la actual normativa, que data del año 2002 y que se ha quedado desfasada ante los cambios registrados y ante la proliferación de emergencias

El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de ley del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón, una normativa que aspira a integrar la lucha contra las catástrofes y las emergencias en todos sus ámbitos y que se adapta a los cambios registrados en los últimos veinte años. Hay que recordar que la actual legislación data de 2002.

La nueva ley de emergencias adaptará en primer lugar la normativa autonómica a la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, que supuso un punto de inflexión al establecer el concepto de Sistema Nacional de Protección Civil. Además, conserva de la ley aragonesa de 2002 los principios de eficacia, eficiencia, coordinación, colaboración, solidaridad y lealtad institucional.

La normativa aprobada hoy en el Consejo de Gobierno busca reforzar la coordinación de los operativos, integrando los sectores públicos y privados de Aragón y aumentando la resiliencia de la ciudadanía y de los propios sectores públicos ante situaciones de peligro individual o colectivo. En este sentido, esta ley tiene en cuenta las recomendaciones establecidas por Naciones Unidas, con un marcado énfasis en la gestión del riesgo de desastres en lugar de en la gestión de los desastres, de manera que desarrolla y regula la importancia de la anticipación, la prevención y la autoprotección, como parte de la cultura de protección civil que los sectores públicos tienen la obligación de inculcar y trasmitir.

Esta ley estructura la intervención alrededor del centro de emergencias 1·1·2 Aragón y de los servicios operativos en la comunidad autónoma de Aragón, bajo los principios de mando único, complementariedad, subsidiariedad, inmediatez y proximidad.

Asimismo, regula cuestiones tan importantes como las medidas sancionadoras de carácter económico, o como la restitución de los costes que generen, a las administraciones públicas, las negligencias o actos provocados que obliguen a la intervención de los servicios de emergencia.

Junto a esto, la nueva legislación implicará una mayor profesionalización y preparación de las personas que forman parte del sistema de protección civil y gestión de emergencias de Aragón, para hacer frente de manera más eficaz a la anticipación e intervención en las situaciones de emergencia, catástrofe y calamidad pública.

Cuatro títulos y 105 artículos

La ley se estructura en cuatro títulos y consta de ciento cinco artículos, seis disposiciones adicionales, dos transitorias, una derogatorias y dos disposiciones finales.

El título I contiene las disposiciones generales de la ley y se estructura en cuatro capítulos, que incluyen entre otros los principios del Sistema de protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón.

El título II contiene la organización y competencias de los sectores públicos. Aquí se regula la situación de emergencia integral, cuyo mando ejercerá el presidente o la presidenta del Gobierno de Aragón. Además, regula las competencias del sector público local y establece cuáles son los servicios operativos que participan y sus funciones en intervenciones o en actuaciones preventivas y siempre bajo el principio de mando único.

El título III corresponde al “Sistema Autonómico de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón” y se estructura en once capítulos. El primero de ellos aborda como novedad la elaboración de la Estrategia de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón. También se recoge la creación de la red de información, alerta y alarma, la elaboración de planes de protección civil o la regulación de la recuperación tras la emergencia, con los planes de recuperación también como novedad.

El último título corresponde al régimen sancionador y se estructura en cinco capítulos.

Mientras, en las disposiciones adicionales se aborda, entre otras cuestiones, la integración de las academias de bomberos y emergencias, o el plazo para el desarrollo del Reglamento del Centro de Emergencias de Aragón.

Además, la disposición transitoria segunda establece las condiciones para la creación del consorcio autonómico de prevención, extinción de incendios, salvamento y emergencias de Aragón, como órgano troncal para atender las emergencias en la comunidad autónoma.

Fuente: Gobierno de Aragón

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